Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro (Artículo 66)
Artículo 66. Los sujetos obligados deberán publicar en el portal de internet referido, la información siguiente:
I. Normatividad - El marco normativo aplicable al sujeto obligado, incluyendo leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, y otros análogos;
II. Estructura orgánica - Su estructura orgánica completa, en un formato que vincule cada área con las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público;
III. Metas y objetivos - Las atribuciones, metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos;
IV. Indicadores de interés público - Los indicadores que deban establecer relacionados con temas de interés público o trascendencia social conforme a sus funciones, deberán establecer;
V. Indicadores de objetivos y resultados - Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados;
VI. Directorio - El directorio de los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente; o todos ellos, cuando se brinde atención al público; se manejan o apliquen recursos públicos; o se realicen actos de autoridad. Incluirá, al menos, nombre, cargo o nombramiento, nivel del puesto, fecha de alta, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficial.
VII. Remuneraciones - Los tabuladores de remuneraciones;
VIII. Gastos de representación y viáticos - Los tabuladores de gastos de representación y viáticos;
IX. Plazas y vacantes - El número total de las plazas diferenciando al personal de base u confianza, especificando el total de las vacantes que hubieren;
X. Personal de honorarios - Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación;
XI. Declaraciones patrimoniales - La información de versión publica de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello;
XII. Domicilio de la unidad de transparencia - El domicilio de la unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener información;
XIII. Convocatoria a cargos públicos - Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismo;
XIV. Subsidios, estímulos y apoyos - La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, informar respecto de los programas de transferencia, se servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que deberá contener los siguiente:
XV. Condiciones de trabajo - Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal, así como los recursos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos;
XVI. Información curricular - La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado;
XVII. Servidores públicos sancionados - El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción;
XVIII. Servicios - Los servidores que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos;
XIX. Trámites - Los tramites que ofrecen, sus requisitos para acceder a ellos;
XX. Presupuesto asignado - La información financiera sobre presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y además normatividad aplicable;
XXI. Deuda pública - La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable;
XXII. Gastos de comunicación social y publicidad - Los montos destinados a gastos de comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, numero de contrato y concepto o campaña;
XXIII. Resultados de auditorías - Los informes de resultados de las auditorias el ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen;
XXIV. Estados financieros - El resultado de la dictaminación de los estados financieros;
XXV. Personas con asignación de recursos públicos - Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;
XXVI. Concesiones y convenios - Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquellos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones;
XXVII. Compras - La información sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión publica del expediente respectivo y de los contratos celebrados, debiendo contener, por lo menos, lo siguiente:
XXVIII. Informes de obligación legal - Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados;
XXIX. Estadísticas generadas - Las estadísticas que generen el cumplimiento de sus facilidades, competencias o funciones;
XXX. Información financiera - Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero;
XXXI. Proveedores - Padrón de proveedores o contratistas;
XXXII. Convenios con sector social y privado - Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado;
XXXIII. Bienes muebles e inmuebles - El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión o propiedad;
XXXIV. Recomendaciones de derechos humanos - Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención;
XXXV. Resoluciones y laudos - Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio;
XXXVI. Participación ciudadana - Los mecanismos de participación ciudadana;
XXXVII. Programas - Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los tramites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismo;
XXXVIII. Actas y resoluciones del comité de transparencia - Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados;
XXXIX. Evaluaciones y encuestas a programas - Todas evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos;
XL. Estudios financiados con recursos públicos - Los estudios financiados con recursos públicos;
XLI. Jubilados y pensionados - El listado de jubilados pensionados y en el monto que reciben;
XLII. Ingresos - Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalado el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos, y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;
XLIII. Donaciones realizadas - Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;
XLIV. Catálogo y guía de archivo - El catálogo de disposición y guía de archivo documental;
XLV. Actas de sesiones de consejos consultivos - Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos;
XLVI. Solicitud de intervención de comunicaciones - Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente; y
XLVII. Otra información de utilidad - Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con las frecuencia por el público.
Los sujetos obligados deberán informar a al Comisión cuales son los rubros que son aplicables a sus páginas de internet, con el objeto de que esta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.